martes, 17 de febrero de 2015

Abogados laboralistas 2ª parte


Hace 1 año vino a mi despacho Pablo H.N., un trabajador de una empresa automovilística, que había sido despedido recientemente mediante un despido por causas objetivas. La empresa alegaba que había sufrido una diminución de sus ingresos durante tres trimestres consecutivos por falta de trabajo. Pablo H.N. me enseñó su carta de despido: efectivamente la empresa alegaba disminución de sus ingresos y falta de trabajo para justificar su decisión de despedir a Pablo H.N.

 Pablo H.N. había recibido la carta el mismo día en que se hacía efectivo su despido. Desde el día que se hacía efectivo su despido, tenía el plazo de 20 días para impugnar la improcedencia del despido. Primero tuvo que presentar papeleta de conciliación, y desde el momento de la presentación de la papeletea de conciliación hasta que se celebra el acto se suspende el plazo. Una vez dictada el acta de conciliación, se vuelve a reanudar dicho plazo. Como tardó 15 días en presentar papeleta de conciliación, sólo tenía cinco días para preparar la demanda y reunir todas las pruebas que indicaran que su despido era improcedente y, por lo tanto, que realmente la empresa no había sufrido una disminución de sus ingresos.

 
Pablo H.N. me entregó un documento de la empresa donde constaban los ingresos y el trabajo que estaban recibiendo. ¿Cómo tenía ese documento? Un compañero suyo, que trabajaba en el departamento contable y que sabía que la empresa estaba despidiendo a los trabajadores alegando una causa falsa, le había entregado dicho documento.

 
Dicho trabajador, como es lógico, no quería ser interrogado en el juicio porque todavía trabajaba para la empresa. Sin embargo, con dicha prueba se podía acreditar que la causa del despido era inexistente. A lo largo de mi experiencia como abogado laboralista, la mayoría de veces los trabajadores que todavía trabajan para la empresa demandada no están dispuestos a acudir a un juicio y testificar en contra de dicha empresa.

 
Interpuse una demanda por despido improcedente, solicitando una indemnización de 33 días por año trabajado que, en el caso de Pablo H.N., ascendía a 4.000 €. El Juzgado admitió la demanda y fijó el día del juicio para unos meses después. Una vez la empresa demandada recibió la demanda, se puso en contacto conmigo.

 
Dado que las empresas son conscientes que, en muchas ocasiones, el Juzgado suele proteger al trabajador, en tanto que es la parte débil de la relación laboral, éstas suele tener una mayor voluntad de llegar a un acuerdo y evitar la celebración de un juicio. La empresa de Pablo H.N. era de éstas últimas: me llamó para intentar llegar a un acuerdo y no acudir a juicio.

 
En un inicio, quiso abonar a Pablo H.N. una indemnización menor de la que le correspondía. Pablo H.N. se negó, por lo que negocié con la empresa para que ésta le pagara la indemnización de 4.000 € que le correspondía. Gracias  a mis habilidades negociadoras y a mi conocimiento sobre el derecho laboral, Pablo H.N. recibió la indemnización correspondiente a su despido improcedente.

Rosario de la Llana Corral
Abogada

lunes, 9 de febrero de 2015

Abogados laboralistas 1ª parte

Los abogados laboralistas son abogados especialistas en conflictos laborales, es decir, en todas aquellas controversias que pueden surgir en las relaciones entre trabajadores y empresarios. En una relación laboral, el trabajador siempre es considerado como la parte más débil, por lo que la legislación laboral y los tribunales le otorga mayor protección frente al empresario.
 
Asimismo, también pueden tener conocimientos especializados en Seguridad Social, por lo que pueden gestionar las prestaciones de jubilación, de incapacidad, de viudedad, de orfandad e, incluso, las prestaciones por desempleo. Por ello, el abogado laboralista y experto en Seguridad Social ahorrará tiempo y preocupaciones al cliente, porque se encargará él mismo de realizar todas aquellas gestiones necesarias para que el cliente consiga la prestación que le corresponde.
 
Dentro de los conflictos laborales, los abogados laboralistas pueden ser expertos en reclamaciones por despidos improcedentes o por impago de nóminas por parte del empresario, o en reclamaciones de cantidad por no abonar la liquidación de saldo y finiquito, por ejemplo.
 
Además, también pueden ocuparse de las negociaciones dentro de un expediente de regulación de empleo o despido colectivo y controlar que el empresario cumpla con todos los requisitos del procedimiento de expediente de regulación de empleo.
 Si un trabajador ha sido despedido y sospecha que dicho despido puede ser improcedente, puede reclamar al empresario una indemnización. Dicha indemnizacion se debe calcular en dos tramos: la antigüedad antes del 12 de febrero de 2012 lleva aparejada una indemnización de 45 días por año trabajado, con un máximo de 42 mensualidades; y la antigüedad posterior al 12 de febrero de 2012 lleva aparejada una indemnización de 33 días por año trabajado, con un máximo de 24 mensualidades, siempre que interponga una demanda por despido improcedente dentro de los 20 días siguientes a la notificación del despido.

 
Si el empresario ha dejado de abonar las nóminas al trabajador, éste también puede reclamar dichas nóminas, solicitando la extinción del contrato de trabajo con la misma indemnización que para el despido improcedente, mencionada en el párrafo anterior.

 
En el caso que el empresario no haya abonado alguna cantidad al trabajador derivada de su relación laboral, el trabajador tiene un plazo de un año para reclamar dichas cantidades. Debe interponer una demanda de reclamación de cantidad, pero previamente deberá interponer papeleta de conciliación.

 
Pese a que, en derecho laboral, no es necesario ni abogado ni procurador, es muy recomendable el asesoramiento por parte de un abogado con experiencia y experto en derecho laboral. Tendrá experiencia en negociar con la otra parte (ya sea trabajador o empresario) y podrá defender los intereses del cliente en un juicio, ya que, si no se llega a un acuerdo antes, el litigio se resolverá mediante la celebración de un juicio.

 
La actuación en un juicio de un abogado especialista en derecho laboral es muy importante porque tendrá los conocimientos y las habilidades adecuadas para conocer el proceso laboral (que es diferente al proceso civil, penal o administrativo) y para actuar en el juicio correctamente.

Rosario de la Llana Corral
Abogada
 

 

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