viernes, 5 de febrero de 2016

lunes, 1 de febrero de 2016

RECLAMACIÓN ACCIONES DE BANKIA

TODAVIA NO HA PRESENTADO DEMANDA RECLAMANDO POR LAS ACCIONES DE BANKIA

NO ESPERE MÁS, APRESURESE EN RECLAMAR,  YA QUE EL PLAZO PARA RECUPERAR SU DINERO INVERTIDO EN ACCIONES DE BANKIA SE VA AGOTANDO.


Rosario de la Llana Corral
Abogada

viernes, 8 de enero de 2016

¿ Tiene usted cláusulas suelo? Reclámelas

Como identificar si tiene cláusulas suelo:
Si su cuota no ha tenido variación en los últimos años, seguramente tenga estos limites, ya que el Euribor ha experimentado un bajada importante.


Una vez que compruebe que tiene clausulas suelo, se preguntará  si tiene posibilidades de poder eliminarla, la respuesta es SI  gracia a que  el Tribunal Supremo declaró nulas las cláusulas suelo de determinadas entidades en una sentencia del pasado 9 de mayo de 2013. Alegaba que no habían explicado de forma clara sus consecuencias en las cuotas a los clientes. La sentencia obligó eliminarlas en unos 400.000 contratos de BBVA, cerca de 90.000 de Novagalicia Banco y en algo más de 100.000 de Cajamar.

Tras dicha sentencia del Supremo, y las decenas de sentencias dictadas por los juzgados de lo Mercantil y Audiencias Provinciales a lo largo de toda España las posibilidades de éxito han aumentado muchísimo, siendo actualmente mayoría las sentencias dictadas a favor de los clientes.

Las demandas para la eliminación de la cláusula suelo, en aquellos casos en los que se consiga acreditar que el cliente no fue debidamente informado en criterios de transparencia, están siendo estimadas en su gran mayoría. 

La STS 138/2015 ha venido a fijar a un mas los criterios mantenidos de que independientemente que haya o no oferta vinculante o de que el notario haya advertido o no de la clausula , ello es IRRELEVANTE en caso de consumidores ya que la entidad deberá acreditar que además de haber conocido la clausula el cliente conoció realmente su relevancia , para lo que se exige un comportamiento de la entidad traducido en entrega de simulaciones , de costes comparativos de otros productos de la entidad etc.... 

En estas circunstancias la practica totalidad de las demandas prosperan en el juzgado ya por no superar la incorporación ( no entregar la oferta vinculante ) o en caso de haberla entregado por falta de superación del control de claridad en cuanto a la transparencia de la operación ( no haber proporcionado simulaciones , informado de otros productos , contener techo , estar mas posicionadas en el contrato.... ) 

Otra de las cuestiones que se nos puede plantear es, si a parte de poder eliminar las cláusulas suelo, puedo recuperar el dinero cobrado de más, pues al igual que la pregunta anterior, la respuesta es que SI, ya que nuestro TS ha dictado Sentencia 139 /2015 en la que ha sentado doctrina en el sentido de que en los casos en que se declare la nulidad del suelo , HABRÁ DE DEVOLVERSE POR EL BANCO TODO LO INDEBIDAMENTE PAGADO desde el 9 de mayo de 2013.

Con ello todos nuestros clientes tienen asegurado el cobro de lo indebidamente abonado , al menos desde el 9 de mayo de 2013 y hasta que la entidad deje de aplicarla por sentencia, lo que supondrá una cantidad importante.


Si CREE que puede tener CLÁUSULAS SUELO, no deje pasar más tiempo y póngase en contacto con nosotros para concretarle las razones concretas por la que tendrá sin duda éxito su reclamación para anularla y recuperar su dinero

Rosario de la Llana Corral
Abogada




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