miércoles, 25 de enero de 2012

VUELOS: cancelaciones y pérdidas de equipaje


¿Cómo actuar ante posibles cancelaciones y pérdidas de equipaje?

      En el tránsito aéreo pueden surgir diversas circunstancias que dificulten o imposibiliten el vuelo de los pasajeros en las condiciones inicialmente contratadas. Por ello, es importante conocer la normativa y los derechos que nos amparan. A continuación se contemplan los sucesos más frecuentes y cómo la normativa los regula, siempre que se trate de vuelos con salida o con llegada a un país de la Unión Europea (siempre que, en este último caso, el vuelo sea con una compañía aérea perteneciente a la Unión Europea):
  • Si usted sufre la cancelación de un vuelo, tiene derecho a obtener una indemnización y a optar bien por el reembolso del billete o bien por un transporte alternativo. También tendrá derecho a “atención” (llamadas, manutención, estancia). Esas indemnizaciones varían entre 250 y 600 euros en función de la distancia del vuelo.
  • Si tiene vicisitudes con el equipaje (retraso en la entrega, pérdida o deterioro), la aerolínea será responsable salvo que los daños se deban a causas de la naturaleza o a un defecto del equipaje. La indemnización fijada legalmente tiene el tope en unos 1.200 euros y atiende al peso del equipaje. Si usted desea que se valore realmente el valor de los objetos transportados debe hacer declaración de valor contratando para ello un seguro adicional.
      Usted debe saber que si transcurren 21 días y el equipaje no aparece se considera perdido; hasta entonces sólo se considera retraso en la entrega. Por último no olvide que la comunicación a la compañía aérea debe hacerse lo antes posible; tratándose del equipaje, en siete días máximo.

    Cuando le suceda alguna de estos incidentes, presentar reclamación en la compañia aerea ( en el areopuerto).

      Normativa a aplicar: Reglamento de la CE nº 261/2004, de 11 de febrero del Parlamento Europeo; Constitución Española; RD Legislativo 1/2007, de 16 de noviembre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios.


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